REGLAMENTO BRM


REGLAMENTO de los BREVETS RANDONNEURS MONDIAUX


Artículo 1: Solamente el Audax Club Parisien tiene el poder de homologación en el mundo entero. Cada brevet realizado a partir del año 1921 ha estado registrado bajo un número de homologación atribuido por orden cronológico de recepción.

Artículo 2: En los Brevets de Randonneur Mondiaux puede participar cualquier cicloturista que tenga licencia federativa en vigor y el correspondiente seguro. Los menores de edad pueden participar si además presentan una autorización paternal librando de responsabilidad al Audax Club Parisien y al Club Ciclista Cástulo, así como un certificado médico de aptitud física de menos de 6 meses.
Se admite todo tipo de máquina mientras sean movidas solamente por la fuerza muscular. Los participantes deben ir equipados con el casco protector reglamentario.

Artículo  3:  Para  efectuar  un  brevet,  el  excursionista  debe  rellenar  un  boletín  de  inscripción  y  satisfacer  un  derecho  de participación fijado por el club organizador.

Artículo 4: Cada participante debe estar asegurado en responsabilidad civil, la gran mayoría de las licencias federativas de ciclismo lleva incluido este seguro. Al retirar la documentación, el participante debe presentar la licencia, póliza de seguro o certificado de la entidad aseguradora del mencionado seguro, en la que debe indicar que está asegurado de Responsabilidad Civil.
Los responsables del club organizador han de desestimar toda inscripción de cualquier participante no asegurado.

Artículo 5: Cada participante es considerado como un excursionista personal, y debe respetar el código de circulación y todas las señalizaciones oficiales.
El Audax Club Parisien, el Club Ciclista Cástulo y el representante ACP y su asociación de referencia no pueden en ningún caso ser tomados como responsables de los accidentes que pudieran sobrevenir a lo largo de un brevet.

Artículo 6: Para la circulación de noche, las máquinas deben estar provistas de un alumbrado delantero y trasero fijado sólidamente y que pueda ponerse en marcha en cualquier momento (se tiene que prever unas bombillas de recambio; se recomienda un doble sistema de alumbrado). Se prohíbe el alumbrado trasero intermitente. Los organizadores rehusaran la salida a los participantes que su alumbrado no esté conforme a lo indicado. Cada participante debe conectar su alumbrado al anochecer, así como en todo momento donde la visibilidad no sea suficiente (lluvia, niebla, túneles,....), tanto si se circula en solitario como en grupo cada uno debe conectar sus luces de alumbrado. Se recomienda los vestidos claros y los brazaletes reflectores para la circulación de noche y es obligatorio llevar puesto un chaleco o una casulla reflectante.
Toda infracción a estas medidas, constatadas en un control, comportará la no homologación del brevet.

Artículo 7: Cada excursionista debe proporcionarse él mismo todo lo que necesite para la realización de su brevet. No se autoriza sobre el recorrido del brevet, a excepción del lugar de los controles, ningún servicio organizado de entrenadores, preparadores y otros servicios con coche seguidor. Los participantes que incumplan este artículo, serán excluidos sin más.
Si en la salida de un brevet los organizadores agrupan voluntariamente unos participantes, dado que la velocidad es libre, los participantes tienen el derecho absoluto de salirse de este grupo en todo momento. Ningún excursionista se podrá erigir como director de un grupo. Los signos distintivos (brazaletes, mallots, etc...) así como los títulos (por ejemplo: capitán de ruta) no son autorizados. La cantidad de individuos que formen un grupo ha de estar conforme a la legislación vigente. Cada participante ha de vestir y comportarse de forma correcta.

Artículo 8: A la salida, cada participante recibirá un carnet de ruta y un itinerario, en el que figurarán un cierto número de lugares de  control,  donde  el  participante  tendrá  la  obligación  de  hacerse  controlar  el  mencionado  carnet  de  ruta.  Los organizadores  pueden  igualmente  prever  uno  o  varios  controles  secretos;  por  esta  razón  y  por  cuestiones  del  seguro,  el participante está llamado a respetar el itinerario que se le ha remitido a la salida.

Artículo 9: En caso de que un control preciso designado por el organizador fallase, el excursionista tendrá que sellar el carnet de ruta en cualquier comercio, estación de servicio, etc., en el que se pueda leer el nombre de la localidad de este control. En caso de imposibilidad de obtener este sello (control de noche), el excursionista podrá: 1) enviar, desde esta localidad, una postal al responsable de la organización indicando lugar, día, hora de paso, nombre, apellidos y club, en cual caso dentro la casilla de control del carnet de ruta indicará “CP” (carta postal), el día y la hora que se echa la postal al buzón. 2) Responder sobre el carnet de ruta a una pregunta sobre un punto característico del lugar de control. La opción sobre la pregunta está a la discreción del organizador, control por control.
En el carnet de ruta, dentro cada casilla de control, se debe indicar la hora de paso, y el día para los brevets de más de 24 horas. La falta de un sello, una hora de paso no indicada o la pérdida del carnet de ruta (aunque sea en los últimos tramos) comportara la no homologación del brevet. Cada participante debe hacerse controlar personalmente su carnet de ruta.

Artículo 10 : Los tiempos empleados para efectuar cada brevet están en función de la distancia: 13h30 (200 km), 20h (300 km), 27h (400km), 40h (600 km) y 75h (1000 km).
El paso dentro de cada control se efectuará entre una hora de apertura y una de cierre mencionadas sobre la carta de ruta, calculadas sobre unas velocidades medias extremas de 15 y 30 km/h para los controles situados entre 0 y 600 km, de 11,428 y 30 km/h para los controles entre 601 y 1000 km.
Si un excursionista llegase retrasado en un punto de control, el organizador le permitirá continuar si este retraso es debido a un acontecimiento imprevisto e independiente de la voluntad del excursionista, como una parada para ayudar un accidentado o una carretera cortada. Un problema mecánico, la fatiga, la falta de forma física, no son razones válidas para excusar un retraso.
Fuera de los casos precedentes, el excursionista debe respetar este abanico horario intermedio, no hacerlo significa la no homologación del brevet, igualmente si este se pretende efectuar dentro del tiempo límite.

Artículo 11: Todo fraude comportará la exclusión del participante en todas las organizaciones del Audax Club Parisien.


Artículo 12: A la llegada cada participante tendrá que firmar su carnet de ruta y entregarlo a los organizadores. Se devolverá después de la homologación. No se facilitará ningún duplicado ni en caso de pérdida de este documento.
Estos brevets no son competiciones, no se establecerá pues clasificación por tiempos.
El participante podrá adquirir una medalla especial, para lo cual se tendrá que hacer el pedido y liquidar su importe en el momento de entregar el carnet de ruta a la llegada.


Artículo 13: Las medallas que constatan la realización de un brevet son de color bronceado (200 Km.), plateado (300 Km.), rojo (400 Km.), dorado (600 Km.) y capeado de plata (1000 Km.). El modelo cambia, en principio,  el año después de la PBP. El precio de las medallas será indicado por los organizadores del brevet.
Súper Randonneur: Distinción reconocida a los excursionistas que hayan completado, dentro del mismo año, la serie de brevets 200, 300, 400 y 600 Km. Una medalla (nominal los años de PBP) indicando esta distinción se entregará al excursionista que la pida a su club organizador de brevets, indicando los números de homologación de sus brevets y haciendo efectivo el importe de esta medalla.

Artículo 14: Un participante no puede efectuar otra prueba kilométrica sobre todo o parte del recorrido de un Brevet de Randonneur Mondiaux.

Artículo 15 : Todos los montajes y actividades alrededor de los BRM dentro de una zona geográfica, tales como juegos, listados, recuerdos, “challanges” (campeonatos), etc., tanto sea para los excursionistas tomados individualmente como para los clubes, son exclusivamente de la competencia del representante ACP y de su asociación de referencia.

Artículo 16 : Los brevets BRM y los organizadores, (asociación u otros) solo podrán figurar, dentro del calendario ACP, en su zona geográfica de origen, cualquiera que sean el lugar de salida efectiva o de las asociaciones donde sus miembros son afiliados. Los organizadores están obligados a utilizar los carnets de ruta de su zona geográfica de origen.
Un organizador (en particular un club fronterizo) podrá aparecer una segunda vez sobre el calendario ACP como organizador aparente dentro de otra zona geográfica distinta de  la de origen, con el acuerdo del representante ACP de esta zona geográfica, teniendo por obligación formal la de aplicar el primer apartado del presente artículo.

Artículo 17: Participando en un brevet BRM, los excursionistas aceptan la publicación de su identidad y del tiempo empleado dentro de los resultados publicados por los interventores. En ningún caso su identidad podrá ser utilizada con fines comerciales o ser tramitados a un tercero para este fin.

Artículo 18: El hecho de inscribirse y tomar la salida de un brevet implica por la parte interesada la aceptación sin reserva del presente reglamento. Toda queja o reclamación, cualquiera que sea el motivo, se formulará por escrito y se enviará, dentro de las 48 horas siguientes a la prueba, a los organizadores, los cuales la examinarán y la tramitarán con sus opiniones al responsable ACP (Francia) o al representante ACP (fuera de Francia) para examinarlo antes de decidir.

Artículo 19: En caso de apelación del interesado, la carpeta se enviará al Comité Director del ACP con las opiniones expresadas por los organizadores y las del representante ACP. El Comité Director del ACP regulará, sin posibilidad de réplica, los casos y los litigios que este reglamento pudieran haber omitido.


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