REGLAMENTO
de los BREVETS RANDONNEURS MONDIAUX
Artículo 1: Solamente el Audax Club
Parisien tiene el poder de
homologación en el mundo entero. Cada brevet realizado a partir del año 1921 ha estado registrado bajo un número
de homologación atribuido por orden cronológico de recepción.
Artículo 2: En los Brevets de Randonneur Mondiaux puede participar
cualquier cicloturista que tenga licencia federativa
en vigor y el correspondiente seguro. Los menores de edad pueden participar
si además presentan una autorización paternal
librando de responsabilidad al Audax Club Parisien y al Club Ciclista Cástulo, así como un certificado médico de aptitud física de menos de 6 meses.
Se admite
todo tipo de máquina mientras sean movidas
solamente por la fuerza muscular. Los participantes deben ir equipados con el casco protector reglamentario.
Artículo 3: Para efectuar
un brevet, el
excursionista debe
rellenar un boletín de
inscripción y satisfacer un
derecho de participación fijado por el club organizador.
Artículo 4: Cada participante debe estar asegurado en responsabilidad civil, la
gran mayoría de las licencias federativas de ciclismo
lleva incluido este seguro. Al retirar la documentación, el participante debe presentar la licencia, póliza de seguro
o certificado de la entidad aseguradora del mencionado seguro,
en la que debe indicar
que está asegurado
de Responsabilidad Civil.
Los responsables del
club organizador han de desestimar toda inscripción de cualquier
participante no asegurado.
Artículo 5: Cada participante es considerado como un excursionista personal, y debe respetar el código de circulación y todas
las señalizaciones oficiales.
El Audax Club
Parisien, el Club Ciclista Cástulo y
el representante ACP y su asociación de referencia no pueden en ningún caso ser tomados
como responsables de los accidentes que pudieran sobrevenir a lo largo de un brevet.
Artículo 6: Para la circulación de noche, las máquinas deben estar provistas de un alumbrado
delantero y trasero fijado sólidamente y que pueda ponerse
en marcha en cualquier momento (se tiene que prever unas bombillas de recambio; se recomienda un doble sistema de alumbrado). Se prohíbe el alumbrado trasero intermitente. Los organizadores rehusaran la salida
a los participantes que su alumbrado no esté conforme a lo indicado. Cada participante debe conectar su alumbrado al anochecer, así como en
todo momento donde la visibilidad no sea
suficiente (lluvia, niebla, túneles,....), tanto si se
circula en solitario como
en grupo cada uno debe conectar sus luces de alumbrado. Se recomienda los vestidos claros y los brazaletes reflectores para la circulación de noche y es obligatorio
llevar puesto un chaleco o una casulla reflectante.
Toda infracción
a estas medidas, constatadas en
un control, comportará la no
homologación del brevet.
Artículo 7: Cada excursionista debe proporcionarse él mismo todo lo que necesite para la realización de su brevet. No se autoriza sobre el
recorrido del brevet, a excepción del
lugar de los controles, ningún
servicio organizado de
entrenadores, preparadores y otros servicios con coche seguidor. Los participantes
que incumplan este artículo, serán
excluidos sin más.
Si en la salida
de un brevet los organizadores agrupan voluntariamente unos
participantes, dado que la
velocidad es libre, los participantes tienen
el derecho absoluto de salirse de este grupo en todo momento. Ningún excursionista se podrá erigir como director de un
grupo. Los signos distintivos (brazaletes, mallots, etc...) así
como los títulos (por ejemplo: capitán de
ruta) no son autorizados. La
cantidad de individuos que formen
un grupo ha de estar conforme a la legislación vigente. Cada participante ha de vestir y comportarse de forma correcta.
Artículo 8:
A la salida, cada
participante recibirá un carnet de ruta
y un itinerario, en el que figurarán un cierto número de lugares de control, donde el participante tendrá la obligación de hacerse controlar el mencionado carnet de ruta. Los organizadores pueden
igualmente prever
uno o varios controles
secretos; por esta razón
y por
cuestiones del seguro, el participante está llamado a respetar el itinerario que se le ha
remitido
a la salida.
Artículo 9: En caso de que un control preciso designado por el organizador fallase,
el excursionista tendrá que sellar el carnet de ruta en cualquier comercio, estación de
servicio, etc., en el que se pueda
leer el nombre de la localidad de este control. En caso de imposibilidad de obtener este sello (control de noche), el excursionista
podrá: 1) enviar, desde esta
localidad, una postal al responsable de la organización indicando lugar,
día, hora de paso, nombre, apellidos y club, en cual caso dentro la casilla de control del carnet
de ruta indicará “CP” (carta postal), el
día y la hora que se echa la
postal al buzón. 2) Responder sobre el
carnet de ruta a una pregunta sobre un
punto característico del lugar
de control. La opción sobre la pregunta está a la
discreción del organizador, control por control.
En el carnet de ruta, dentro
cada casilla de control, se debe indicar la hora de paso, y el día para los brevets de más de 24 horas. La falta de un sello, una hora
de paso no indicada o la pérdida del carnet de ruta (aunque sea en los últimos tramos)
comportara la no homologación del
brevet. Cada participante debe hacerse controlar
personalmente su carnet de ruta.
Artículo 10 : Los tiempos empleados para efectuar cada brevet están en función de la distancia: 13h30 (200 km), 20h (300 km),
27h (400km), 40h (600 km) y 75h (1000 km).
El paso dentro de cada control se efectuará entre una hora de apertura y una de
cierre mencionadas sobre la carta de
ruta, calculadas sobre unas velocidades medias extremas de 15 y 30 km/h para los controles situados entre 0 y 600 km,
de 11,428 y 30 km/h para los controles entre 601 y 1000 km.
Si un excursionista llegase retrasado en un
punto de control, el organizador le
permitirá continuar si este retraso es debido a un acontecimiento imprevisto e independiente de la voluntad del excursionista, como una parada para ayudar un accidentado o una carretera cortada.
Un problema mecánico, la fatiga, la falta
de forma física, no son razones válidas para excusar un retraso.
Fuera de los casos
precedentes, el excursionista debe respetar este abanico horario intermedio, no
hacerlo significa la no homologación
del brevet, igualmente si este se
pretende efectuar dentro del tiempo límite.
Artículo 11: Todo fraude comportará la
exclusión del participante en todas
las organizaciones del
Audax Club Parisien.
Artículo 12: A la llegada
cada participante tendrá que
firmar su carnet de ruta
y entregarlo a los organizadores. Se
devolverá después de la homologación. No se facilitará ningún duplicado ni en caso de pérdida de este documento.
Estos brevets no
son competiciones, no se establecerá
pues clasificación por tiempos.
El participante podrá adquirir una medalla especial, para lo cual se tendrá que hacer el pedido y liquidar
su importe en el momento de entregar el carnet de ruta a la llegada.
Artículo 13: Las medallas que constatan la realización de un brevet son de color bronceado
(200 Km.), plateado (300 Km.),
rojo (400 Km.), dorado (600 Km.) y capeado
de plata (1000 Km.). El modelo cambia, en principio, el año después de la PBP. El precio
de las medallas será indicado por los organizadores del brevet.
Súper Randonneur: Distinción
reconocida a los excursionistas que hayan completado, dentro del mismo año, la serie de brevets 200, 300, 400 y 600 Km. Una medalla (nominal los años de PBP) indicando esta distinción se entregará al excursionista que la
pida a su club organizador de brevets, indicando los números de homologación de sus brevets y haciendo
efectivo el importe de esta medalla.
Artículo 14: Un participante no puede efectuar otra prueba kilométrica sobre todo o parte del recorrido
de un Brevet de Randonneur Mondiaux.
Artículo 15 : Todos los montajes y actividades alrededor de los BRM dentro de una zona geográfica, tales como juegos, listados, recuerdos, “challanges” (campeonatos), etc., tanto sea para los excursionistas tomados individualmente como
para los clubes, son exclusivamente
de la competencia del representante
ACP y de su asociación de referencia.
Artículo 16 : Los brevets
BRM y los organizadores,
(asociación u otros) solo podrán figurar, dentro del calendario ACP, en su zona geográfica de origen, cualquiera que sean el lugar de salida efectiva o de las asociaciones donde sus miembros son
afiliados. Los organizadores están obligados
a utilizar los carnets de ruta de
su zona geográfica de origen.
Un organizador (en particular un club fronterizo) podrá
aparecer una segunda vez sobre el calendario ACP como
organizador aparente dentro de otra zona geográfica
distinta de la de origen, con el acuerdo
del representante ACP de
esta zona geográfica, teniendo por obligación formal
la de aplicar el primer apartado del
presente artículo.
Artículo 17: Participando en un brevet
BRM, los excursionistas aceptan la
publicación de su identidad y del
tiempo empleado dentro de los
resultados publicados por los interventores. En ningún caso su identidad podrá ser utilizada con fines comerciales o ser tramitados a un tercero para este fin.
Artículo 18: El hecho de
inscribirse y tomar la salida de un
brevet implica por la parte
interesada la aceptación sin reserva del presente reglamento. Toda queja o reclamación, cualquiera que sea el motivo, se formulará por escrito y se enviará, dentro de las
48 horas siguientes a la prueba, a los organizadores, los cuales la examinarán y la tramitarán con sus opiniones al responsable
ACP (Francia) o al representante ACP
(fuera de Francia) para examinarlo antes de decidir.
Artículo 19: En caso de apelación del
interesado, la carpeta se enviará al
Comité Director del ACP con las
opiniones expresadas por los organizadores y las del representante ACP. El Comité Director del ACP regulará, sin posibilidad de réplica, los casos y los litigios que este reglamento pudieran haber omitido.
No hay comentarios:
Publicar un comentario